“Ley Olimpia”: Detienen a estudiante por difundir fotos íntimas de sus compañeras

Alumnas del Instituto Politécnico Nacional (IPN) denunciaron a Diego “N” quien fue detenido por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

México.- Un estudiante del Instituto Politécnico Nacional (IPN) fue detenido por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México tras ser denunciado por sus compañeras, cuyas fotografías digitales alteró con fines sexuales.

Autoridades aplicaron la “Ley Olimpia” en contra de Diego “N” por su presunta responsabilidad en el delito contra la intimidad sexual; agentes de la Policía de Investigación informaron que las fotografías fueron difundidas en la web afectando la dignidad de las alumnas.

El juez dictó como medida cautelar la prisión preventiva, por lo que deberá permanecer en el Reclusorio Preventivo Varonil Oriente.

Las investigaciones señalaron que Diego almacenaba y distribuía, a través de dispositivos móviles, las imágenes alteradas con fines sexuales de las víctimas.

El joven fue detenido durante un cateo en la alcaldía Álvaro Obregón, específicamente en un departamento de la colonia San Pedro de los Pinos, por parte de los agentes de la Fiscalía de Investigación de Delitos Sexuales de la Fiscalía capitalina.

Las afectadas, de la Escuela Superior de Comercio y Administración del IPN, denunciaron a su compañero por violencia digital, quien fue dado de baja de la institución.

Ley Olimpia

La “Ley Olimpia” surgió a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de la joven Olimpia Coral Melo en el estado de Puebla, y derivado de ello se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad; acción que se ha replicado en 29 entidades federativas.

La ley marca que entre las conductas que atentan contra la intimidad sexual están:

  • Videograbar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
  • Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.
  • Se entiende como violencia digital aquellas acciones en las que se expongan, difundan o reproduzcan imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento, a través de medios tecnológicos y que por su naturaleza atentan contra la integridad, la dignidad y la vida privada de las mujeres y hombres causando daño psicológico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público, además de daño moral, tanto a ellos como a sus familias.
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