Rechazan amparar a Inés Gómez Mont contra dos órdenes de captura
México.- El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal rechazó amparar a la conductora de televisión Inés Gómez Mont, quien buscaba echar abajo dos órdenes de aprehensión libradas en su contra por su presunta responsabilidad en el delito de defraudación fiscal equiparable, por omitir el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en los ejercicios fiscales de 2015 y 2017.
Miguel Ángel Medécigo Rodríguez, magistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal, propuso negar la protección de la justicia en los dos amparos en revisión que interpuso la presentadora contra las sentencias que le negaron la protección de la justicia.
El magistrado ponente señaló que los dos mandamientos judiciales satisfacen los requisitos que establecen el artículo 16 constitucional y 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales, referente a la necesidad de cautela. Afirmó que las órdenes de aprehensión cumplen con los requisitos en cuanto a la existencia de datos de pruebas y de que la quejosa presuntamente cometió los delitos.
Medécigo Rodríguez indicó que se tuvo acreditada la necesidad de cautela por el riesgo de sustracción de la justicia por parte Inés Gómez Mont. Además porque no existe dato que permita suponer que la quejosa obtuvo ingresos no declarados como asimilados al salario.
Los magistrados Humberto Manuel Román Franco y Ricardo Ojeda Bohorquez apoyaron las propuestas de ratificar las sentencias que negaron amparar a la presentadora de televisión.
Una de las órdenes fue girada el 27 de octubre de 2021, por José Rivas González, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Norte.
En la imputación la Fiscalía General de la República (FGR) señaló que Gómez Mont posiblemente en su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio fiscal, correspondiente al 2017, reportó ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos.